...Conoce al SEÑOR", porque todos me conocerán. (Jeremías 31:34)
Un Argumento del Bautista Reformado
para el Bautismo del Creyente con base en la Teología del Pacto.
INTRODUCCIÓN
Los cristianos dentro de la tradición
de La Reforma son dolorosamente conscientes de la división doctrinal sobre
muchos temas. Hay varias posiciones en cuanto a la Ley de Dios y su
aplicabilidad a los cristianos. En el amplio campo de la escatología, allí se
encuentra al cristiano reformado con sus diferentes posiciones. El gobierno de
la Iglesia es otra área, en la que los creyentes bajo la cobertura Reformada, a
menudo difieren entre sí. Uno de los temas más candentes de debate entre los
que se adhieren a la Teología Reformada, hablando en términos generales, se
refiere al tema del bautismo. Los participantes de cada lado del debate calibran
y refinan sus argumentos que servirán en su defensa. Algunos irán tan
lejos como para decir que si usted no cree en el bautismo de los niños de
creyentes no puede ser Reformado. Estos que sostienen esta posición, dirán que
es imposible considerar la Teología del Pacto y no adherirse al bautismo
infantil. En la comprensión que ellos tienen de esto, los argumentos que surgen
a favor del bautismo de infantes parten exclusivamente de una perspectiva
bíblica de los pactos que excluye automáticamente cualquier entendimiento de la
Teología del Pacto que no sea paidobautista. Hermanos que sostienen este punto
de vista, a menudo, categorizan a todos los que no son Paidobautistas como
Dispensacionalistas o, a lo menos, como Dispensacionalistas incipientes. ¿Es esta
caracterización precisa y es este punto de vista sobre la Teología del Pacto la
única opinión en el campo teológico que vale la pena escuchar? Es triste
decirlo, pero muchos en nuestro tiempo y a través de la historia dirían que sí.
Es hora de que esto termine.
Cuando utilizo las palabras Teología
del Pacto, quiero decir que el enfoque de su comprensión en las Escrituras está
centrado en torno al desarrollo de los diversos pactos dentro de la historia de
la Redención. Este enfoque de las Escrituras toma en cuenta los pactos
históricos de forma individual y trata de unirlos en un todo sistemático.
Históricamente, la Teología del Pacto ha sido reconocida como la fuente del
bautismo de infantes. El presente ensayo buscará que una adecuada comprensión
de la naturaleza progresiva de los pactos bíblicos y la sustitución del Antiguo
Pacto por el Nuevo Pacto, objete seriamente la historicidad Teológica del
Pacto, sin el riesgo de conllevar a un Dispensacionalismo o al Antinomianismo.
Este ensayo buscará diferir sobre la
afirmación anterior de que es imposible sostener la Teología del Pacto sin
adherirse a la práctica del bautismo infantil. Por el contrario, se argumentará
que la adhesión coherente a la Teología del Pacto refuta el bautismo de niños
e, incluso, ratifica y demanda el bautismo del creyente dentro de la estructura
del pacto en la Biblia.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Así que para que todos entendamos que
se quiere decir cuando cierta terminología es usada, definamos nuestros
términos antes de que se inicie la exposición. Cuando se utiliza la palabraPaido es
para referirse al Paidobautismo o Paidobautistas. Los Paidobautistas creen que
los sujetos a considerar para el bautismo son los creyentes y sus hijos. Cuando
se utiliza la palabraCredo se refiere a Credobautismo o
Credobautistas. En términos generales, un Credobautista es alguien que cree en
lo que muchos llaman el bautismo del creyente. Él es alguien que cree que es
necesario una declaración de fe (esto es lo que la palabra credo significa)
en Cristo, antes de ser bautizado. En el sentido más amplio de la palabra,
existen dos tipos de Credobautistas, los de la Teología del Pacto y los
Credobautistas dispensacionales. Siendo más específico, un Credobautista, como
se entiende primeramente en este ensayo, es uno que sostiene el bautismo del
creyente sobre la base de su comprensión de la Teología del Pacto. Este tipo de
Credobautista es lo que muchos, en nuestros días, llaman un Bautista Reformado.
Cuando uso la frase Bautista Reformado, no simplemente quiero decir un Bautista
Calvinista. Los dos no son necesariamente idénticos. Un Bautista Reformado, tal
como se entiende en este ensayo, es aquel que se acoge a la Confesión Bautista
de Fe de 1689 como su estándar confesional. Esto significa que un Bautista Reformado
es aquel que sostiene una soteriología Calvinista frente al Arminianismo; la
Teología del Pacto, en lugar de un Dispensacionalismo; mantiene la validez
permanente de la Ley Moral de Dios como se resume en el Decálogo, incluyendo el
cuarto mandamiento, a diferencia del Antinomianismo; guarda el Principio
Regulativo de la Adoración, a diferencia del normativo. Con estas definiciones
en su lugar, comencemos.
ACLARANDO CIERTAS CUESTIONES
La mayoría, si no todos los Paidos,
coinciden en tratar de basar el bautismo de niños en la doctrina del pacto del
Antiguo Testamento. Ellos argumentan esto, basados en la representación
parental en el Pacto Abrahámico, la unidad de los pactos y la continuidad
teológica entre los testamentos. Muchos de ellos están de acuerdo con los
credos de que el paidoismo no es una doctrina explícita del Nuevo Testamento,
esto es, que no es una doctrina que ordena el bautismo de infantes. Algunos
credos muy celosos, por otro lado, parecen haber olvidado al Antiguo Testamento
como algo aún inspirado y beneficioso. Tienen una tendencia a negar la
continuidad del pacto en nombre de credos explícitos y distintivos del Nuevo
Testamento (En otras palabras, las presuposiciones Dispensacionales). La
mayoría de ellos han incorporado una tendencia hacia el Antinomianismo
(contra la ley). En cualquier caso, este tipo de credos no tienen
realmente ninguna defensa contra los paidos y su argumento sobre el pacto,
excepto que su paidoismo está fundado en la doctrina del pacto del Antiguo
Testamento como si todas las doctrinas basadas en la doctrina del pacto del
Antiguo Testamento no fueran válidas.
Muchos credos claman: "Si no es
repetido en el Nuevo, no haremos el Antiguo”. Afortunadamente, su credo y su
conducta no siempre coinciden. (Credos dispensacionales y los credos no
Dispensacionales que no están de acuerdo con la permanente validez de la Ley
Moral de Dios, tal como se resume en el Decálogo, incluyendo el cuarto
mandamiento, es a los que nos referimos aquí). Los paidos dicen: “Si el Antiguo
no es revocado por el Nuevo y el Viejo permanece, debemos aún hacerlo".
Según los credobautistas del pacto, éste debe ser el punto decisivo del debate
paido-credo, si logramos conseguir llegar a algún punto en común con nuestros
hermanos paidobautistas. A diferencia de los argumentos Dispensacionalistas
para el bautismo del creyente, que se basa sólo en el Nuevo Testamento, los
credos reformados pueden establecer su comprensión del bautismo en el mismo
terreno que los paidos, al menos en parte. Esto dar lugar a esta pregunta
vital: ¿Está la doctrina de la inclusión automática del infante en la comunidad
del pacto revocada o modificada por la Teología del Pacto del Antiguo
Testamento como para anular el paidoismo bajo el Nuevo Pacto? ¿No es éste el
asunto central? Muchos credos nunca serán convencidos por los argumentos de la
doctrina del pacto del Antiguo Testamento, debido a que están comprometidos con
el principio de que si no se repite en el Nuevo, entonces no es obligatorio.
Del mismo modo, los paidos nunca serán convencidos por textos específicos del
Nuevo Testamento con respecto al tema del bautismo, ya que están comprometidos
con el principio de no revocado, entonces obligante. Como hecho relevante, los
paidos deben, y como muchos de ellos lo hacen, estar de acuerdo en que la
evidencia explícita del Nuevo Testamento está del lado de los credos. Y, los
credos deben estar de acuerdo en que la derogación explícita de la inclusión
automática del infante en la comunidad del pacto es un hecho que, a lo sumo, se
da por sentado en el Nuevo Testamento.
La cuestión se reduce a esto: Si el
paidos no tiene una revelación de Dios para cambiar la doctrina del Antiguo
Testamento de la inclusión automática de los infantes en la comunidad del pacto
para los hijos de los creyentes, entonces él lo asume como obligatorio. Sin
embargo, si el credo reformado puede demostrarle en el Antiguo Testamento, y
aún en la doctrina el pacto del Antiguo Testamento que, de hecho, si
existe tal revelación, deberá entonces admitirlo como algo abolido y, por lo
tanto, no obligatorio. Lo que podría ser convincente para el paidos es un
argumento, con sus fundamentos en la Teología del Pacto del Antiguo Testamento
y sus correspondientes frutos en el Nuevo Testamento, concernientes a la
revocación de la inclusión automática de los infantes en la comunidad del pacto
para los hijos de los creyentes.
Este argumento tendría que tener en
consideración la doctrina del pacto. Éste deberá probar por la doctrina del
pacto del Antiguo Testamento que la inclusión del infante fue proféticamente
rescindida por el Antiguo Testamento. Luego, se debe demostrar que el Nuevo
Testamento asume esta derogación y lleva el fruto de ella.
Los Bautistas Reformados (esto es
Credobautistas del pacto) creen que ellos tienen el argumento que silenciará el
debate o, por lo menos, provocará a los paidos a reconsiderar seriamente su
posición.
EL ARGUMENTO DEL BAUTISTA REFORMADO
La doctrina del Antiguo Testamento
sobre el Nuevo Pacto revoca proféticamente la inclusión automática del infante
declarado en Jeremías 31:34 que ellos (es decir, los de la comunidad del Nuevo
Pacto) Todos Me conocerán. Comprendiendo esto, significa que todos
los ciudadanos del pacto bajo el Nuevo Pacto conocerán a Dios para salvación
(lo que no ocurrió con el pacto Abrahámico o Mosaico). Los Credos Reformados,
entonces, argumentan que la inclusión automática del infante dentro de la
comunidad del pacto está aquí rescindida proféticamente por la Teología del
Pacto del Antiguo Testamento. Entonces, lo que se espera por la enseñanza del
Antiguo Testamento, es una comunidad del Nuevo Pacto en la cual todos conocen
al Señor para salvación, sin ninguna excepción. Los Credos Reformados entonces
dicen: "Ahora echemos un vistazo a nuestro Nuevo Testamento. Lo que
deberíamos ver es la inauguración del mismo Nuevo Pacto prometido en el Antiguo
Testamento, una comunidad del Nuevo Pacto (no Israel y la Iglesia, sino una
transformada o un Nuevo Israel, el cual consiste de sólo aquellos que conocen
al Señor) y los privilegios del Nuevo Pacto solamente conferidos a los
ciudadanos del Nuevo Pacto". En otras palabras, los Credos Reformados
afirman que la doctrina del Antiguo Testamento sobre el Nuevo Pacto deroga
proféticamente la inclusión automática del infante y el Nuevo Testamento, da
prueba de esto reservando las nuevas ordenanzas del Nuevo Pacto a los
ciudadanos del Nuevo Pacto, esto es, a los creyentes, aquellos que están en la
fe, la simiente de Abraham, todos aquellos que conocen al Señor.
Los Credobautistas reformados afirman
que el Nuevo Pacto es nuevo en al menos dos formas: En primer lugar, a
diferencia del Abrahámico y el antiguo pacto Mosaico, el Nuevo Pacto no puede
ser quebrantado (Jeremías 31:32. Ver Génesis 17:14 para ver la violabilidad del
Pacto Abrahámico y Deuteronomio 29:22-28 para la violabilidad del Antiguo Pacto
Mosaico) y, en segundo lugar, a diferencia del viejo Pacto Mosaico, la
inclusión infantil no es automática porque la ciudadanía en el Nuevo Pacto
exige del conocimiento salvador de Dios. Éste es el por qué, de que los judíos
incrédulos hayan sido cortados después de la inauguración del Nuevo Pacto. Es
interesante observar que en el argumento de Pablo en Romanos 9-11, él hace una
distinción entre israelitas (Romanos 9:6). En otras palabras, dentro del Israel
del Antiguo Pacto habían dos grupos: Los creyentes y los no creyentes. Todos
los israelitas, considerados aquí por Pablo, eran miembros del pacto, sin
embargo, la mayoría fueron cortados después de que Cristo inaugurará el Nuevo
Pacto. ¿Por qué? A causa de su incredulidad. ¿Por qué los otros (los gentiles)
fueron injertados? Debido a su fe. Aquí vemos ambos aspectos de la continuidad
y discontinuidad del pacto. Los judíos creyentes pasaron de ser ciudadanos del
Antiguo Pacto al Nuevo Pacto en su continuidad, y los judíos incrédulos pasaron
de ser ciudadanos del Antiguo Pacto a ser excluidos en su discontinuidad. Bajo
el Nuevo Pacto, hay un solo Israel constituido sólo por creyentes.
Automáticamente, paidobautismo y
paidocomunión son entonces impensables. Usted debe conocer al Señor para estar
en el Nuevo Pacto. Usted debe nacer de nuevo. Los privilegios del Nuevo Pacto
están reservados para los ciudadanos del Nuevo Pacto.
Por lo tanto, el Bautismo y la Cena del
Señor están reservados para los creyentes, la simiente de Abraham, para
aquellos que conocen al Señor, para los ciudadanos del Nuevo Pacto. De hecho,
esto es sólo una pequeña porción del argumento del Bautista Reformado. Todo el
argumento incluiría el examen de todas las bendiciones prometidas del Nuevo
Pacto, mostrando que éstas fueron bendiciones experimentadas por algunos de
ellos en el Antiguo Pacto y, luego, siguiendo sus huellas como se revela en el
Nuevo Testamento, confirman que las bendiciones prometidas son, universalmente
experimentadas, dentro la comunidad del Nuevo Pacto, tal como fue profetizado
por Jeremías. (Véase el excelente folleto de Greg Welty titulado, Una
evaluación crítica del bautismo de infantes disponible en Bautista
Reformado Publicaciones y la parte cuatro de la grabación en audio de la
exposición del Pastor Sam Waldron sobre Jeremías 31:31-34, titulada La
nueva constitución del pacto de la Iglesia: Un manifesto del Bautista Reformadodisponible
en el Ministerio Truth for Eternity, 3181 Bradford, NE. Grand Rapids, MI 49505.
Ambos son materiales obligados para los interesados en este tema).
ANTICIPANDO LAS OBJECIONES
Muchas objeciones hasta el momento,
pudieron haber entrado en la mente de un paido convencido o, incluso, a la de
un credo dubitativo. Echemos un vistazo sobre algunas de ellas.
Primera objeción: "¿No
está usted haciendo frías, duras y falsas distinciones entre los pactos
bíblicos hasta obtener su credoismo de la Biblia? Esencialmente, sólo hay un
pacto, el pacto de la gracia". En realidad, hay varias
diferencias, pero esencialmente, los pactos bíblicos están relacionados. Lo que
a menudo hacen los paidos es desvalorar las diferencias entre los pactos. Por
ejemplo, diciendo que el pacto Abrahámico y el Nuevos Pacto son uno y el mismo
pacto y diciendo que son dos distintos y sin embargo pactos vitalmente
relacionados, siendo estas dos cosas, totalmente incoherentes. ¿Es el
Antiguo Pacto, el Abrahámico? ¿Es el Abrahámico, el Nuevo? Uno estaría en
apuros para responder que sí. Louis Berkhof nos provee un ejemplo
representativo de lo que los paidos a menudo expresan sobre esta objeción
cuando él afirma: "Este pacto [el Abrahámico] sigue aún vigente y es
esencialmente idéntico con el "nuevo pacto” en la actual
dispensación" (Louis Berkhof, Teología Sistemática,
[Grand Rapids, MI, Eerdmans Publishing Company, 1986 reimpresión], pp.
631ff..).
Curiosamente, O. Palmer Robertson, otro
estudioso paidobautista, no parece equipararlos cuando dice: "… el profeta
[Jeremías] combina el Abrahámico con el nuevo pacto". (O. Palmer
Robertson, El Cristo de los Pactos, [Phillipsburg, NJ, Presbyterian
y Reformed Publishing Company, 1985 reimpresión], p.41.).
Combinar y equiparar son dos cosas
diferentes. Aunque ambos, el Abrahámico y el Nuevo, funcionan al mismo tiempo
bajo la actual "dispensación", ellos no se nos presentan en la Biblia
como uno y el mismo, como tampoco lo son los otros pactos bíblicos.
Segunda objeción: "Desde que
Dios fue quien ratificó el Pacto de Abraham en Génesis 15, cuando pasó entre
las dos mitades, luego el Pacto Abrahámico, como el Nuevo, no pueden ser
quebrantados, no siendo Dios quien los rompe". Jeremías estaba
hablando acerca del viejo o antiguo Pacto Mosaico y no del Abrahámico. Sin
embargo, respecto a la violabilidad del pacto con Abraham, Dios dice en Génesis
17:14: "Y el varón incircunciso, el que no hubiere circuncidado la carne
de su prepucio, aquella persona será cortada de entre su pueblo; ha violado Mi
pacto". ¿No es esto convincente? ¿Quizás la objeción se refiere a la
inviolabilidad del Pacto Abrahámico por parte del lado divino? Dios no lo hizo
y Él no puede romper ningún pacto, pero el hombre puede romper el pacto con
Dios bajo cualquiera de ellos, el Abrahámico o el mosaico, como se habían dado
originalmente, pero no bajo el Nuevo. Por cierto, la violabilidad del pacto
mosaico que se encuentra en Jeremías 31:32 y Deuteronomio 29:25, junto con la
violabilidad del Pacto Abrahámico como se mencionó anteriormente, es evidencia
de que todos, en estos pactos, no necesariamente conocían al Señor. Las
promesas del pacto con Abraham están siendo administradas ahora por Cristo bajo
el Nuevo Pacto y, dado que el Nuevo Pacto no puede romperse, entonces tampoco
puede el Abrahámico bajo la actual administración del Nuevo Pacto.
Tercera Objeción: "¿No se
refiere la frase -Porque todos Me conocerán- de Jeremías 31:34, a una
expectativa futura y no a una realidad presente, incluso a un estado
eterno?". Algunos han dicho esto antes. Admito que esta promesa
alcanza el estado eterno, pero si nos limitamos sólo al estado eterno, ¿cómo
esta promesa del Nuevo Pacto encuentra su aplicación antes del tiempo eterno?
Teniendo en cuenta el hecho de que Hebreos 8:8-13 indica el cumplimiento de la
profecía de Jeremías concerniente a un conocimiento universal de la salvación
de Dios, dentro de la comunidad del pacto como algo realizado o, al menos, en
parte, durante la presente administración del Nuevo Pacto, nos vemos obligados
a la conclusión de que el Nuevo Pacto encuentra su cumplimiento, tanto en este
siglo, como en el siglo venidero. El -Todos Me conocerán- se
refiere a todos los del pacto sin excepción, no a todos los del mundo sin
excepción, lo que actualmente está sucediendo. Asumiendo por supuesto que todo
el mundo va a conocer al Señor en el estado eterno, pero para ese tiempo,
todo lo del mundo, estará todo en el pacto.
CONCLUSIÓN
Este ensayo ha sugerido que una
comprensión adecuada de la Teología del Pacto apoya la posición Bautista
Reformada en lo relativo al tema del bautismo y, para llegar a alguna parte en
este debate con un paidobautista, uno debe abordar el tema desde el lado seguro
de la Teología del Pacto.
Partiendo con la doctrina del Nuevo
Pacto en el Antiguo Testamento, demostrando que este Pacto no es idéntico a
todos los pactos anteriores, esto es, que este Nuevo Pacto da lugar a una
comunidad de pacto en la cual todos conocen al Señor para salvación, por
consiguiente, esto invalida el tradicional argumento paidobautista del pacto
para el bautismo de infantes. Este argumento que parte de una Teología del
Pacto, se adhiere y busca aplicar sistemáticamente, el principio de la
hermenéutica Reformada, a menos que sea revocado, entonces obligado.
La doctrina de la inclusión de infantes para el bautismo es revocada y, por lo
tanto, no obligante y, no quedándose el Nuevo Testamento en silencio, sino
siendo más bien directo y franco, dando su apoyo a este argumento. Se espera
que las personas que le han dado muchas vueltas al paidobautismo, se mantengan
a distancia y los que han estado convencidos de ello, puedan volver a las
Escrituras para ver si estas cosas aquí expuestas son así.
Soli Deo Gloria